Oficina de libre acceso a la información
- Estructura orgánica de la institución
- Normativa: Derechos de los ciudadanos
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- Estructura organizacional de la OAIP (PDF)
- Manual de organización de la OAIP (PDF)
- Manual de procedimientos de la OAIP (PDF)
- Estadísticas y balances de la gestión OAIP
- Nombre del responsable de la OAIP
- Clasificación de la información
- Índice de documentos para entrega
- Formulario de solicitud a información pública
- Publicaciones
- Estadísticas institucionales
- Información básica sobre servicios públicos
- Declaraciones juradas de bienes
- Presupuestos
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- Normativa de compras y contrataciones.
- ¿Cómo registrarse como proveedor del estado?
- Plan anual de compras
- Licitaciones públicas
- Licitaciones restringidas
- Sorteo de obras
- Comparaciones de precios
- Compras menores
- Compras simples
- Casos de emergencias y urgencias
- Manifestación de interés
- Otros casos de excepción
- Estado de cuentas de suplidores
- Programas y proyectos
- Consulta pública
La Ley No. 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública, establece como un deber del Estado “brindar la información que esta ley (200-04) establece con carácter obligatorio y de disponibilidad y actualización permanente y las informaciones que fueran requeridas en forma especial por los interesados”.
El Reglamento de dicha Ley, marcado con el Número 130-05, establece que “deberá asignarse un Responsable de Acceso a la Información (RAI) y organizarse las Oficinas de Acceso a la Información (OAI), ante la cual se hará efectivo el ejercicio del derecho de acceso a la información.
La MISIÓN de la Oficina de Acceso a la Información es de permitir a la ciudadanía el ejercicio de su derecho de acceso a la información, manteniendo los valores de honestidad, integridad, probidad y eficacia.
Su VISIÓN es servir de apoyo al ejercicio de una administración pública más eficiente y plausible, de manera que el ciudadano pueda conocer y evaluar las actividades realizadas por la institución.