Registro Inmobiliario

Jurisdicción Inmobiliaria digitaliza tres nuevos servicios.

La Jurisdicción Inmobiliaria pone a disposición de sus usuarios tres nuevos servicios a través de su página web www.ri.gob.do con la finalidad de facilitar trámites y reducir la necesidad de desplazarse para retirar los documentos solicitados.

“Estos avances forman parte de las acciones contempladas en el Plan Estratégico Visión Justicia 20/24 del Poder Judicial”, explicó Jhonattan Toribio, administrador general de la JI.  “Uno de los ejes estratégicos de este plan es “Servicio judicial oportuno y eficiente”, mediante el cual se busca simplificar, agilizar y facilitar los procesos de los servicios que se ofrecen a las usuarias y usuarios del sistema de justicia, fortaleciéndolos además a través del uso de las nuevas tecnologías”, agregó.

Los nuevos servicios digitalizados son las Solicitudes de Certificaciones del Estado Jurídico del Inmueble, las cuales serán entregadas en formato digital al correo electrónico del solicitante, evitando que los usuarios tengan que desplazarse a retirarlas. Este producto estará disponible para los Registros de Títulos de:  Santo Domingo, Distrito Nacional, Higüey, Samaná, San Cristóbal, Puerto Plata, San Pedro de Macorís, La Vega, Santiago Rodríguez, Bonao, Moca, Baní, San Francisco de Macorís y El Seibo, y se expandirá al resto de las oficinas durante el 2020.

También, a través de la sección Consulta de Productos, el usuario podrá verificar la autenticidad de los productos recibidos, con tan solo introducir el número de serial y matrícula.  Los productos que podrá validar son:  Certificados de Título, Constancias Anotadas, Certificados de Registro de Acreedor, Certificados de Registro de Derecho Real, Accesorio y Certificación del Estado Jurídico del Inmueble.

Adicionalmente se ha relanzado el servicio de Consulta de Roles de Audiencia, donde el usuario podrá conocer la hora, sala, número de turno, juez y fecha de sus audiencias a nivel nacional.

Jurisdicción Inmobiliaria lanza nueva APP para dispositivos móviles.

La Jurisdicción Inmobiliaria pone a disposición de sus usuarios la nueva aplicación para dispositivos móviles JIMOVIL, con la finalidad de facilitarles el acceso a sus diferentes servicios, de una forma ágil y segura.

A través de la App JIMOVIL se podrán realizar solicitudes de Certificación del Estado Jurídico del Inmueble, estas serán entregadas en formato digital al correo electrónico del solicitante y los usuarios podrán verificar su autenticidad entrando a nuestro portal www.ri.gob.do; eliminando la necesidad de desplazarse para retirar el documento. Este producto estará disponible para los registros de Títulos de: Santo Domingo, Distrito Nacional, Higüey, Samaná, San Cristóbal, Puerto Plata, San Pedro de Macorís, La Vega, Santiago Rodríguez, Bonao, Moca, Baní, San Francisco de Macorís y El Seibo, y se expandirá al resto de las oficinas durante el 2020.

Además, los usuarios podrán dar seguimiento a sus expedientes y suscribirlos para recibir actualizaciones de su estado con solo colocar el número que le fue asignado al momento de hacer su depósito

JIMOVIL le da al usuario acceso al Catálogo de Servicios de la Jurisdicción Inmobiliaria y a los requisitos de cada trámite; así como al directorio de oficinas de la Jurisdicción Inmobiliaria a nivel nacional, con sus datos de contacto, ubicaciones y la posibilidad de solicitar las direcciones de cómo llegar usando su dispositivo móvil.

Esta nueva APP es parte de la transformación del Poder Judicial y de la Visión Justicia 20-24, para hacer un servicio judicial más cercano y eficiente para nuestros usuarios.

Para Descargar Aplicación Móvil: Clic Aquí

CPJ pone en consulta pública el Reglamento de Registro Inmobiliario

El Consejo del Poder Judicial invita a la ciudadanía en general a participar en la consulta pública del Reglamento Registro Inmobiliario, que establece las disposiciones básicas que regulará la organización y funcionamiento del Registro Inmobiliario.

La fecha límite para recibir comentarios sobre el documento es el viernes 6 de diciembre del año 2019, a través del  correo electrónico: secretariageneralcpj@poderjudicial.gob.do

Link: Reglamento de Registro Inmobiliario.

Reporte Doing Business 2020: Mejoras en procesos judiciales impactaron el índice de calidad del país.

Los avances se registraron en los procesos de Registro de Propiedades, la Ventanilla Exprés y el establecimiento de salas exclusivas para conocer casos comerciales.

Los adelantos introducidos en el Registro de Propiedades y el funcionamiento de la Ventanilla Exprés en la Jurisdicción Inmobiliaria, así como el establecimiento de salas exclusivas para conocer casos comerciales en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mejoraron el índice de calidad del país en el informe Doing Business 2020 presentado por el Banco Mundial.

Según este informe, la República Dominicana obtuvo mejoras en tres de los diez indicadores evaluados donde se analizan las facilidades que tienen los países al momento de hacer negocios.

De esta forma, el país logra ocupar la posición 115 de 190 economías del ranking mostrando avances en las áreas de apertura de un negocio, Registro de propiedad y Cumplimiento de Contratos.

El Registro de Propiedades obtuvo un puntaje de 67.2 puntos, pasando del lugar 77 al 74, por una reducción en el tiempo requerido para las transferencias inmobiliarias y registro de propiedades en el país, pasando de 45 a 33 días.

Además, con el funcionamiento de la Ventanilla Exprés, los usuarios pueden obtener el “Certificado del Estado Jurídico del Inmueble”, entre 3 y 5 días, reduciendo el tiempo que tomaba anteriormente de 18 días a 4.

En temas de Cumplimiento de contratos, el país mejoró 16 posiciones, escalando del puesto 149 al 133 y avanzando en el puntaje 3.7 puntos porcentuales, pasando de 46.9 a 50.6 puntos.

Esta mejora se debió a la implementación de dos reformas que impactaron el índice sobre calidad de los procesos judiciales, como el establecimiento de salas exclusivas para conocer Casos Comerciales, en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y la aprobación de la Resolución número 2142-2018 del Consejo del Poder Judicial, aprobando el Reglamento General sobre los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, incluyendo casos comerciales. Los datos de Doing Business 2020 están actualizados al 1 de mayo de 2019.

Enlace: Doing Business 2020.

Jurisdicción Inmobiliaria amplía Servicio Depósito Remoto.

La Jurisdicción Inmobiliaria anunció la ampliación del Servicio de Depósito Remoto a 3 nuevas localidades, con el objetivo de facilitar el acceso a los usuarios de los servicios que ofrece la Jurisdicción Inmobiliaria sin necesidad de trasladarse a otras localidades.

Desde este viernes 11 de octubre el servicio está disponible para los Registros De Títulos de Baní, Moca y Bonao, que se suman a Samaná, La Altagracia (Punta Cana e Higüey), Santo Domingo, Puerto Plata, San Cristóbal, San Pedro de Macorís, La Romana, Santiago Rodríguez y La Vega.

A partir de noviembre de este año, los usuarios del sistema podrán tramitar desde el Centro de Atención al Usuario (CENAU) del Distrito Nacional, solicitudes de cualquier Registro de Títulos a nivel nacional y retirar el producto en el Centro de Atención al usuario o en el Registro de Títulos al cual pertenece el inmueble, de acuerdo a su elección.

Para recibir este servicio el usuario deberá especificar en cuál Registro de Títulos desea retirar su producto y pagar la Tasa por Servicios correspondiente en el Banco de Reservas.

Moca se incluye en el Servicio de Depósito Remoto.

El Servicio de Depósito Remoto permite que se depositen solicitudes de los Registros de Títulos que estén habilitados bajo este servicio desde el Centro de Atención al Usuario (CENAU), Distrito Nacional.

Con la inclusión de Moca son diez (10) las provincias que forman parte del Servicio de Depósito Remoto de la Jurisdicción Inmobiliaria para las actuaciones de Registro de Títulos. Estas localidades son: Samaná, La Altagracia (Higüey/Punta Cana), Santo Domingo, Puerto Plata, San Cristóbal, San Pedro de Macorís (La Romana), Santiago Rodríguez, La Vega y Bonao.

Para utilizar el Servicio de Depósito Remoto el usuario debe pagar la Tasa por Servicio correspondiente en el Banco de Reservas, a saber;

Código Servicio Tasa (RD$)
015 Depósito Remoto (Distrito Nacional-Santo Domingo) RD$ 300.00
016 Depósito Remoto (Distrito Nacional-Localidades) RD$ 800.00

No pierdas tiempo, esfuerzo y dinero para depositar o recibir expedientes en el interior del país. ¡Nosotros lo hacemos por ti!

Infórmate: visitando nuestra página web: www.ri.gob.do o llamando al teléfono 809-533-1555, extensión: 4000.

El CPJ modifica su Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras y Servicios.

El Consejo del Poder Judicial (CPJ) realizó modificaciones al Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras y Servicios de ese Poder del Estado, que tiene como objetivo establecer las normas que regirán esa materia, a los fines de alcanzar una Justicia más transparente y efectiva.

Con la iniciativa se busca asegurar la transparencia y eficacia en los procesos de compras y contrataciones de obras y servicios, ante la necesidad de que el Consejo del Poder Judicial disponga de una estructura normativa actualizada que prevea los procedimientos y niveles de jerarquía institucional de los órganos que intervienen en esas operaciones.

Para la elaboración del citado reglamento se analizó la Constitución de la República y una serie de normativas entre las que se destacan la Ley 821 sobre organización judicial y sus modificaciones del 21 de noviembre de 1927, la Ley 327-98 de Carrera Judicial y la Ley núm. 126-02 sobre el Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.

Además la Ley núm. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, modificada por la Ley 449-06 de diciembre de 2006, así como la núm. 448-08 que establece un régimen regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las micro, pequeña y medianas empresas (Mipymes), entre otras.

El nuevo Reglamento está regido por los principios de Eficiencia, Igualdad y libre competencia, transparencia y publicidad, economía y flexibilidad. También los principios de equidad, responsabilidad, moralidad y buena fe; reciprocidad, participación y razonabilidad. 

La medida fue tomada a través de la Resolución núm. 007/2019 del CPJ, cuyo reglamento trata sobre los órganos de aplicación, el Comité de compras y licitaciones, Registro de Proveedores, modalidad, políticas y procedimientos generales para la compra, asuntos relacionados con las órdenes de compras, de servicios y contratos, entre otros aspectos.

El reglamento establece los órganos responsables para su aplicación, a saber: Consejo del Poder Judicial, Comité de Compras y Licitaciones, Dirección de Administración y Carrera Judicial, Gerencia de Compras y Contrataciones, Dirección Legal y Dirección de Planificación y Proyectos. Además la Administración de la Jurisdicción Inmobiliaria, las direcciones Administrativa y la Presupuestaria y Financiera, así como la División de Almacén y Suministro.

Entre las funciones de la Gerencia de Compras y Contrataciones, se encuentran evaluar, depurar y custodiar los expedientes administrativos del Poder Judicial; coordinar y controlar las actividades de compras de la institución conforme su ámbito de competencia y con apego irrestricto a los procedimientos legales y administrativos correspondientes; y procurar tiempos de entrega oportunos, en base a los cronogramas de entregas requeridos en los pliegos de condiciones específicas, términos de referencia o condiciones del proceso, según corresponda de los bienes y servicios adquiridos.

Además, analizar las propuestas con miras a identificar las que presenten mejores condiciones de precio y calidad, en base a los criterios de evaluación previamente definidos; coordinar y dar seguimiento a los procesos de compras hasta su culminación; supervisar y dar seguimiento a las diferentes etapas del proceso, desde la aprobación de la solicitud hasta la adjudicación y remisión de expediente para pago; recibir y tramitar las muestras entregadas por parte de los oferentes para los procesos que lo requieran como parte de la evaluación técnica.

También instrumentar los expedientes administrativos de los procesos de adquisición de bienes, servicios u obras dejando constancia documental de todas sus actuaciones, ordenando y archivando los expedientes para posibilitar el acceso a la información y el control posterior. La no documentación de las actuaciones administrativas dará lugar en todo caso a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, entre otras funciones.

El reglamento establece un registro de proveedores del Estado, en el cual deberán estar inscriptas todas las personas interesadas en hacer ofertas de bienes y servicios y ejecución de obras, y deberán indicar su estado activo y el día en el pago de sus obligaciones fiscales y de la seguridad social.

Asimismo, deja establecido que no podrán ser oferentes ni contratar con este Poder del Estado el Presidente y Vicepresidente de la República; los Ministros y Viceministros; los legisladores; Jueces de todas las altas cortes y de los tribunales del país, miembros de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; autoridades municipales; el Contralor General de la República y el Subcontralor. Tampoco el Procurador General de la República, los jefes y subjefes del Ministerio de Defensa, así como Director y Subdirector de la Policía Nacional, entre otros.

Para más información sobre los alcances del Reglamento acceder al documento adjunto.

Resolución Núm. 07-2019 Reglamento Compras, Bienes y Contrat. Obras y Servicios.

CPJ establece Reglas de Comportamiento Ético que deben observar todos los jueces del país.

Con la medida se busca fortalecer el Sistema de Integridad Institucional, que engloba principios fundamentales para el correcto desempeño de las funciones jurisdiccionales.

El pasado 30 de julio, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Magistrado Luis Henry Molina Peña, asumió el compromiso de velar por aplicar en su gestión los principios 12, 14, 15 y 16 del Código de Comportamiento Ético; compromiso que a su vez fue asumido por el Consejo del Poder Judicial (CPJ), en su Resolución núm. 008-2019 de fecha 6 de agosto del corriente.

Con esta decisión, se recuerda a los jueces y servidores judiciales la obligatoriedad de aplicar estos principios que promueven el efectivo desempeño en la administración de Justicia y fortalecen con ello la independencia, igualdad e imparcialidad en la judicatura, previstos en el Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial dominicano.

En ese sentido, se establecen reglas fundamentales dirigidas a abstenerse de mantener reuniones con las partes involucradas en un proceso, evitar la exposición social con estos o sus representantes legales; así como no conversar por separado con las partes de procesos que estén ante su consideración, sin previa notificación a la contraparte o sus abogados.

Todo juez o jueza que reciba una solicitud de reunión o cita por parte interesada o su representante legal, deberá observar un protocolo diseñado para esos fines, considerando en el mismo que dicho encuentro se realizará siempre en presencia de la contraparte en el proceso y se levantará una minuta de los temas tratados.

Estas reglas vienen a complementar la decisión tomada por el CPJ en su reunión ordinaria del 30 de julio, en la cual se limitó el acceso de las partes involucradas en procesos judiciales a las áreas no públicas de los tribunales, en las que sólo pueden transitar jueces y personal autorizado.

Todas estas medidas han sido adoptadas en aras de fortalecer la transparencia e igualdad, y caminar hacia una Justicia más íntegra, confiable e imparcial, donde el Código de Comportamiento Ético Judicial sea aplicado y exhibido por todos los servidores judiciales.